Micelio
Auto28 de junio de 2010

A- de 2010

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Sin Información·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derecho A La Salud Y La Vida
  • Solicitar al Ministerio de la Protección Social informe sobre pago a prestadores de servicios de salud al amparo del Estado de Emergencia Social en seguimiento de sentencia T-
  • Requerir a la Contraloría General de la República informe sobre vigilancia de recursos del Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud, auditorías al
  • Requerir a Superintendencia Nacional de Salud informe sobre denuncias interpuestas por Fidufosyga e identificación, control y sanción a quienes impiden flujo efectivo de recur
  • Requerir al Ministerio de la Protección Social y Fosyga informe valor de medicamentos y abuso en recobros por servicios ordenados vía tutela al amparo del Estado de Emergencia
  • Requerir a EPSs informe del flujo de recursos y pago solicitudes de recobro en seguimiento de sentencia T-760/08
Incidente De Desacato
  • Improcedencia por cuanto juez de primera instancia adoptó medida provisional mientras se adjudica vivienda de interés social en sentencia T-079/08
2 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Mediante el presente auto se realiza seguimiento al cumplimiento de la orden vigésimo séptima impartida en la sentencia de la referencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. Por la Secretaría General de esta Corporación REQUERIR al Ministerio de la Protección Social y al administrador fiduciario del Fosyga para que en el término de diez (10) días, conjuntamente, informen a esta Sala los resultados de la implementación de la malla validadora en la reducción del número de glosas, precisen las medidas tomadas respecto de las "prácticas perversas" en la definición de los valores de los medicamentos y de los abusos en los recobros por servicios ordenados por vía de tutela, luego de la declaratoria de inexequibilidad de los decretos expedidos al amparo del Estado de Emergencia Social; por último, informen si se han implementado estrategias para controlar las supuestas prácticas de abuso, a partir del proceso de selección para revisión de acciones de tutela en esta Corporación.
  2. SEGUNDO. A través de Secretaría General, SOLICITAR al Ministerio de la Protección Social que en el término de diez (10) días, informe a esta Sala cómo se está garantizando el pago oportuno a los prestadores de servicios de salud por parte de las entidades responsables del pago de los servicios de salud, a cuánto asciende la deuda por este concepto, las causas de la misma y en qué medida se está cumpliendo con los términos establecidos en el Decreto 4747 de 2007. Además, debe indicar cuáles han sido las dificultades reportadas por los diferentes usuarios de la plataforma en la que funciona la BDUA y las medidas técnicas adoptadas para solucionar dichas anomalías; igualmente, presentar un informe consolidado en el que se establezca a cuánto ascienden las glosas por este concepto, indicando, de ser posible, los casos concretos en que fue aplicada. Por último, deberá informar si actualmente sigue dando aplicación a las Resoluciones 548 y 649 de 2010.
  3. TERCERO. A través de Secretaría General, REQUERIR a las EPS, EPS-S y EPS-I, para que en el término de diez (10) días informen a esta sala si se ha mejorado el flujo de recursos, especialmente en lo que tiene que ver con los tiempos de pago de las solicitudes de recobro, de devolución de la documentación en caso de rechazo y el tiempo de respuesta a las objeciones a las glosas; en caso negativo, deben indicar los eventos en los que se han transgredido dichos términos, con su respectivo soporte documental. Igualmente, deben manifestar cuáles son las fallas actuales en el sistema de recobro y las posibles reformas que se deberían implementar sobre el mismo, para mejorar el flujo de recursos y la atención de los usuarios.
  4. CUARTO. A través de Secretaría General, REQUERIR a la Superintendencia Nacional de Salud, para que en el término de diez (10) días, informe a esta Sala el trámite dado a las denuncias interpuestas por el Consorcio Fidufosyga 2005 mediante el oficio MYT-4081-09 CD 17836 de 30 de diciembre de 2009 y todas las gestiones adelantadas para identificar, controlar y sancionar a los actores del Sistema que impiden el flujo efectivo de recursos.
  5. QUINTO. Por Secretaría General de esta Corporación, REQUERIR a la Contraloría General de la República, para que en el término de diez (10) días informe a esta Sala: (i) qué líneas de auditoría incluyen la vigilancia de los recursos del Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud; (ii) qué irregularidades, abusos, anomalías o defectos ha detectado en las auditorías realizadas a los diferentes actores del Sistema de Seguridad Social en Salud del Régimen Contributivo en cuanto al manejo y flujo de recursos del mismo; (iii) cuál es el monto, causa y origen de la deuda que actualmente soporta cada uno de los prestadores del servicio de salud dentro del mismo Régimen, tanto por la prestación de servicios POS, como de servicios no POS y (iv) qué medidas ha tomado para castigar y prevenir dichas situaciones.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.